loader-image
Toluca, MX
1:04 pm,
temperature icon
algo de nubes
Hora Estándar Central

Redacción

Distrito Federal. 2 de julio de 2015.- El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) reveló hoy que las ejecuciones extrajudiciales ocurridas en Tlatlaya, Estado de México, en agravio de 22 presuntos criminales el pasado 30 de junio, fueron consecuencia de una Orden de Relevo y Designación de Mando, fechada el 11 de junio de ese mismo año, en la que se consigna que “las tropas deberán operar en la noche en forma masiva y en el día reducir la actividad a fin de abatir delincuentes en horas de oscuridad, ya que el mayor número de delitos se comete en ese horario”.

En conferencia de medios, el Centro Prodh expuso que previamente, se solicitó acceso al expediente y copias de la causa penal 338/2014, radicada ante el Juzgado Sexto Militar adscrito a la I Región Militar, para determinar las responsabilidades de la cadena de mando en la matanza de Tlatlaya, en la que participaron fuerzas militares, cuya petición fue negada bajo el argumento de que la información era reservada.

Posteriormente, por medio de un amparo ante dicha resolución, un Juzgado federal requirió al Juzgado Sexto Militar la totalidad de las constancias de la causa penal 338/2014, pero el Juzgado Militar sólo remitió una parte.

Caso Tlatlaya. Avanza indagatoria.
Caso Tlatlaya. Ejecuciones extrajudiciales. Foto Agencia MVT.

De dicho expediente, el Centro Prodh logró documentar que la orden de la cadena de mando militar estableció la posibilidad de “abatir delincuentes en horas de oscuridad”, lo cual corresponde a la Orden de Relevo subsecuente de la Orden General de Operaciones de la Base de Operaciones “San Antonio del Rosario”, que establece las prescripciones de los mandos y las tropas que participan en actividades de apoyo a la seguridad pública, dentro de la Base de Operaciones del 102 Batallón de Infantería del Ejército.

Para el Centro Prodh, la Orden reitera las operaciones y el modo de llevarse a cabo, refiriendo que son órdenes provenientes del “Alto Mando”, en alusión al Secretario de la Defensa Nacional, de acuerdo con el Centro Prodh.

Por lo tanto, consideró que debe investigarse la responsabilidad de los mandos jerárquicos en tanto que la orden superior pudo motivar la intervención de la Base de Operaciones que incentivó graves violaciones a los derechos humanos.

“La orden es un estímulo para cometer ejecuciones, lo que se agrava por el hecho de que expresamente se instruya que esta actividad se realice ‘de noche’ para ‘abatir delincuentes en horas de oscuridad’, ya que se coloca a las tropas castrenses en franca condición de alevosía, circunstancia indicativa del propósito de ocultamiento de una actividad ilícita que guía a la Orden”, subrayó el informe presentado por el Centro Prodh un año y dos días después de los hechos en Tlatlaya.

En su encuentro con los medios, se presentó a Clara Gómez González, una de las tres testigos de la masacre, identificada como “Julia”, quien por primera ocasión hizo pública su identidad, derivado de que su vida y su integridad están en riesgo.

Hasta el momento, las autoridades mexicanas no han cumplido con las medidas cautelares ordenadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en octubre pasado.

En tanto, la jurisdicción militar le ha negado el reconocimiento de su calidad de víctima, mientras que en el fuero civil no se reconoce que su hija Erika se encuentra entre las víctimas de ejecución, pese a que existen pruebas que sugieren que habría sido ejecutada.

Mario Patrón, director del Centro Prodh, explicó que el Centro Prodh tuvo acceso a la información debido a que representa legalmente a una de las testigos sobrevivientes de la masacre, tras lo cual se pudo documentar que la Orden de Relevo también mandata que “las acciones para reducir la violencia se planearán y ejecutarán en horas de obscuridad, sobre objetivos específicos”.

El Centro Prodh sostuvo que en el documento se distinguen constantemente tres grupos: los militares, la población civil y “los delincuentes”, sin establecer elementos para identificarlo.

Las graves violaciones a Derechos Humanos. Operación al descubierto. Foto Agencia MVT.
Las graves violaciones a Derechos Humanos. Operación al descubierto. Foto Agencia MVT.

El organismo defensor de los derechos humanos destacó que la Orden de Relevo dada a conocer este jueves, genera un estado de excepción, soslayando que un contexto en el que no se ha declarado formalmente la existencia de un conflicto armado interno los presuntos delincuentes son también civiles.

Expuso que no existe ley o disposición que faculte a los militares a “abatir delincuentes en horas de oscuridad”, y por el contrario, en su reglamentación se detalla que el uso de la fuerza letal mediante armas de fuego está regulado en los principios 9, 10 y 11 de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley de las Naciones Unidas, en los que no se autoriza “abatir” personas.

En el informe del Centro Prodh, se insistió que desde la perspectiva de los derechos humanos la orden de abatir delincuentes en horas de oscuridad es “un incentivo para cometer ejecuciones”, y no sólo eso, pues además calificó la Orden de Relevo como “ilegal” porque invoca un conjunto de normas que de ningún modo facultan al Ejército a realizar las tareas que en ese documento se asignan a la Base de Operaciones “San Antonio del Rosario”, como que se le faculte a actuar como agencia de inteligencia al instruirle que “intensifique la búsqueda de información a fin de establecer objetivos específicos redituables”, o que conserve objetos que por estar posiblemente asociados con la comisión de un delito tendrían que ser puestos a disposición del Ministerio Público.

Con base en el informe del Centro Prodh, la Orden de Relevo fue emitida en el Campo Militar 22-D, San Miguel Ixtapan, Estado de México y dirigida al Teniente de Infantería Ezequiel Rodríguez Martínez.

“Con base en la teoría de responsabilidad por cadena de mando, que asume hasta sus últimas consecuencias los principios de jerarquía y obediencia militar, la identificación de la Cadena de Mando es indispensable para determinar la posible responsabilidad institucional del Ejército mexicano”, se lee en el documento difundido este jueves.

Ante la existencia de la Orden de Relevo, el Centro Prodh aseveró que se tendría que investigar, identificar y sancionar no sólo a los responsables de lo ocurrido en Tlatlaya sino a los mandos militares que estuvieron directa e indirectamente relacionados en los hechos ya sea por haber ejecutado, ordenado o tolerado las acciones y omisiones que llevaron a la masacre, incluyendo la emisión de la Orden de Relevo.

En el documento presentado por el Centro Prodh se estableció que conforme a la estructura militar, “la investigación de las responsabilidades de mando supondría indagar desde al Teniente de Infantería Ezequiel Rodríguez Martínez, quien estaba al mando del personal de tropa, hasta al General Salvador Cienfuegos Zepeda, Secretario de la Defensa Nacional”.

Sin embargo, hay una conclusión irrefutable, pues hasta el momento la Sedena ha impedido analizar la cadena de mando que intervino en los hechos de Tlatlaya.

Por lo tanto, el Centro Prodh solicitó a la Procuraduría General de la República cite a comparecer en el fuero civil a los mandos militares, a fin de que declaren sobre la procedencia de la Orden de Relevo y sus instrucciones.

En el informe del Centro Prodh se rescata que tan sólo la CNDH acreditó la presencia en el lugar de los hechos de más de 55 militares y 21 marinos en distintos momentos.

Hasta ahora, sólo son ocho los homicidios por los que se ha ejercido acción penal contra siete militares, pero según el testimonio de las sobrevivientes y la recomendación de la CNDH el número de víctimas es significativamente mayor.

Por tratarse de un caso de violaciones graves a los derechos humanos, el Centro Prodh consideró que la masacre de Tlatlaya no debió ser investigada por el fuero militar, conforme a los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Código de Justicia Militar reformado en junio de 2014.

 

Comentarios

comentarios

Vero eos et accusamus et iusto odio dignissimos ducimus qui blanditiis praesentium voluptatum deleniti atque corrupti quos dolores et quas molestias excepturi sint occaecati cupiditate non provident
Lexie Ayers
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Duis aute irure dolor in reprehenderit in voluptate velit esse cillum dolore eu fugiat nulla pariatur.

The most complete solution for web publishing

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Duis aute irure dolor in reprehenderit in voluptate velit esse cillum dolore eu fugiat nulla pariatur.
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Duis aute irure dolor in reprehenderit in voluptate velit esse cillum dolore eu fugiat nulla pariatur. Excepteur sint occaecat cupidatat non proident, sunt in culpa qui officia deserunt mollit anim id est laborum.
Related Posts
Category
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit eiusmod tempor ncididunt ut labore et dolore magna