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Emplaza IEEM a registrar planillas completas de Ayuntamientos y cumplir con paridad e inclusión

Redacción

 

Toluca, Edomex; 27 de abril de 2024.- A pesar de que las campañas electorales ya iniciaron desde ayer viernes, a la fecha las coaliciones electorales y los partidos políticos mantienen diversos incumplimientos en el registro de sus candidaturas, por lo que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México emplazó a las dirigencias partidistas para que en un plazo de cuatro horas lleven a cabo los registros completos de las planillas de los Ayuntamientos; y extendió un nuevo plazo de 48 horas para subsanar inconsistencias  relacionadas con la paridad de género e inclusión (las denominadas acciones afirmativas).

 

Este sábado, alrededor de las 7:15 horas, el órgano electoral sesionó de nueva cuenta con el propósito de aprobar los registros de candidaturas de planillas de Ayuntamientos integradas por hombres; toda vez que ayer viernes por la madrugada, únicamente avaló las postulaciones encabezadas por mujeres, ante la advertencia de que se incumplía con la paridad de género entre el total de candidaturas a los 125 Ayuntamientos de la entidad.

 

Dentro del acuerdo general aprobado por el IEEM este sábado, se advierte que, de la revisión realizada a las planillas postuladas por los partidos políticos, coaliciones y candidatura común, existen algunos casos que no se conformaron de manera completa.

 

Por lo tanto, el órgano electoral requirió a los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes para que, en un plazo de cuatro horas contadas a partir de la aprobación de dicho acuerdo, para el efecto de que subsanen aquellos cargos en los que no presentó candidatura alguna. Este primer emplazamiento venció al mediodía de este sábado.

 

Sin embargo, -agrega el acuerdo del órgano electoral- con el fin de tutelar el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales a ser votadas y votados de las ciudadanas y ciudadanos que fueron postulados en dichas planillas y que, sí cumplen con los requisitos de elegibilidad, este Consejo General considera debe otorgarse el registro en dichos municipios.

 

En un segundo momento, el Consejo General del IEEM, establece que de la revisión efectuada a las solicitudes de registro para algún cargo de elección popular para la integración de ayuntamientos, presentadas por los partidos políticos, coaliciones y candidatura común, se advierten omisiones que impactan de manera importante respecto del cumplimiento al principio de paridad en sus tres vertientes, a saber: horizontal, vertical y transversal.

 

El órgano electoral precisa que existen inconsistencias en cuanto al cumplimiento de los principios de paridad e inclusión (acciones afirmativas); con lo cual pudiera no garantizarse de forma ideal la postulación de las candidaturas.

 

Las acciones afirmativas se refieren a la postulación de grupos vulnerables a cargos de elección entre los que se incluye personas con discapacidad, indígenas, afromexiquenses y la comunidad LGBTTT. Las consideraciones para el actual proceso electoral incluían otorgar 4 candidaturas de presidentes municipales, 8 sindicaturas y 28 regidurías; además de dos a diputaciones locales, este último ya fue solventado previamente por los partidos políticos y sus alianzas.

 

Por lo tanto, lanzó un segundo emplazamiento a todos los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, para que, en un plazo improrrogable de cuarenta y ocho horas contadas a partir de dicha sesión; aclaren o realicen los ajustes necesarios para subsanar las inconsistencias mencionadas. El plazo vence el lunes a las 7:30 horas.

 

En caso de hacer caso omiso a las consideraciones del IEEM, las consecuencias se desglosan en tres rubros:

 

a) En caso de que la falta de postulación de acciones afirmativas sea para el cargo de la Presidencia Municipal, se realizará un sorteo que tendrá como finalidad descartar una planilla que haya sido postulada dentro de alguna demarcación que corresponda al bloque de alta competitividad, correspondiente a hombre;

 

b) Para el supuesto de que la omisión de postulación de acciones afirmativas sea en los cargos de regidurías, y la planilla resulte ganadora, se le privará del derecho a participar en la asignación de dicho cargo; y

 

c) En la hipótesis de que la omisión persista en el cargo de alguna regiduría, y la planilla no resulte ganadora, no podrá ser considerada para la asignación de cargos por el principio de representación proporcional.

 

El IEEM también recalcó que, la producción de las boletas electorales inicia el 27 de abril y terminará el 9 de mayo de 2024, por lo que aclaró que no habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro, sustitución o inclusión de sobrenombres de uno o más candidatos si éstas ya estuvieren impresas.

 

 

 

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