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Redacción

Toluca, Edomex; 14 de noviembre de 2019.- La Legislatura del Estado de México aprobó en lo general y en lo particular la reforma laboral que tiene como propósito sustancial la creación del Centro de Conciliación Laboral; y desaparece las juntas de conciliación y arbitraje para dar paso a tribunales laborales en los casos que las inconformidades alcancen un ámbito jurisdiccional.

Por unanimidad, se aprobó la creación del centro de conciliación laboral que consistirá en un organismo público descentralizado sectorizado a la Secretaría del Trabajo. El objeto de dicha institución será ofrecer y prestar el servicio público de conciliación laboral para la solución de los asuntos de competencia local, en una instancia previa al juicio ante los tribunales laborales, procurando el equilibrio entre los trabajadores y patrones.

El Centro de Conciliación tendrá un consejo directivo, el cual estará presidido por el titular de la Secretaría del Trabajo; así como tres vocales, que serán los titulares de las Secretarías de Finanzas, Desarrollo Económico, y de Justicia y Derechos Humanos; además de un comisario, nombrado por la Secretaría de la Contraloría, y un Secretario, que será el director general.

El director general será designado por el gobernador del Estado de México.

También se contempla un Órgano Interno de Control, adscrito orgánica y presupuestalmente al Centro de Conciliación; unidad administrativa que dependerá funcionalmente de la Secretaría de la Contraloría.

Con la creación del Centro de Conciliación Laboral, desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

En paralelo, se aprobaron modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, donde se contempla la creación de tribunales laborales.

Con la reforma laboral aprobada, la función jurisdiccional en materia laboral se ejercerá por los Tribunales Laborales.

Las funciones de los jueces laborales, conocerán de los conflictos individuales y colectivos, de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

El tribunal laboral contará con un juez laboral; secretarios, y servidores públicos que determine el Consejo de la Judicatura. Los jueces laborales tendrán las facultades y obligaciones que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y demás disposiciones aplicables.

La Secretaría de Finanzas y el Poder Judicial del Estado de México incluirán en el proyecto de presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2020, los recursos que sean necesarios para la creación, operación e inicio de funciones del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México; así como para la creación, operación e inicio de funciones de los Tribunales Laborales.

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de México iniciará operaciones en la misma fecha en que lo hagan los Tribunales Laborales del Estado de México.

Una vez que entren en operación el Centro de Conciliación Laboral de! Estado de México y los Tribunales Laborales, los procedimientos y los juicios se ventilarán ante ellos de conformidad con las disposiciones en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva.

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