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Israel Dávila

Tlalnepantla, Edomex; 19 de agosto del 2019.- Un juez penal de primera instancia del distrito judicial de Tlalnepantla, con sede en el Centro de Reinserción Social de Barrientos, en esta localidad, abrió la puerta para que Daniel García Rodríguez y Reyes Alpizar Ortiz, acusados por el homicidio de la regidora de Atizapan de Zaragoza, María de los Ángeles Tamez Pérez, puedan recuperar su libertad tras permanecer más 17 años presos, sin recibir sentencia.

El juez condicionó modificar la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre los acusados desde el 2002 a que el Fiscal  General de Justicia del Estado de México, Alejandro Sánchez Gómez, solicite formalmente la modificación de prisión preventiva oficiosa a la libertad con un brazalete de seguridad, para que puedan seguir su proceso fuera de la cárcel.

El juez Felipe Landeros Herrera dio un plazo de 72 horas, a partir de la notificación que realice el juzgado esta misma tarde, para que el Fiscal presente el escrito donde solicite el cambio de la medida cautelar para que Daniel García y Reyes Alpizar puedan ser excarcelados del penal de Barrientos.

La libertad de los acusados no representará su exoneración o absolución de responsabilidad en el delito que se les imputa, sino solo un cambio en su estatus jurídico que no afecte el desarrollo del proceso.

Eso sí, aclaró el juez, la libertad estará condicionada al cumplimiento de una serie de  mandatos, por ejemplo que Daniel García y Reyes Alpizar no podrán salir del territorio mexiquense; también deberán acudir “obligatoriamente”  a todas y cada una de las audiencias del proceso legal que se les instruye por el asesinato de la regidora, pero sobre todo deberán abstenerse de acercarse a los ofendidos, en este caso  la familia de la edil ultimada, ni a su domicilio; «El mínimo incumplimiento de estas tres obligaciones les ocasionaría que regresaran a la cárcel hasta concluir su proceso».

Este lunes, juez penal de primera instancia de Tlalnepantla  dio cumplimiento a un mandato de un Tribunal de Alzada para que repusiera el procedimiento jurídico y evaluara modificar la medida cautelar de prisión preventiva que desde 2002 pesa sobre Daniel García y su coacusado Reyes Alpizar, a quienes la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México, identificó como los autores intelectuales y materiales del homicidio de María de los Ángeles Tamez Pérez, perpetrado en septiembre del 2001.

Varios organismos internacionales como la oficina del Relator de Derechos Humanos de la ONU, han calificado que la situación de Daniel García y Reyes Alpizar es, a todas luces irregular, pues llevan más de 17 años privados de su libertad sin recibir sentencia por el delito que se les imputa.

El juez informó que la petición formulada por la defensa para modificar la medida cautelar de prisión preventiva a una de libertad condicionada, no procedía, pues no se cumplían supuestos legales  necesarios

Explicó que Daniel García y Reyes Alpizar fueron acusados bajo el antiguo sistema de justicia penal, pues el delito ocurrió en 2001. En aquella ocasión, la prisión preventiva procedía cuando se trataba de delitos graves, como el homicidio doloso que se les imputa y la reforma penal del 2008, no varió la calificación del delito que siguió siendo grave, por lo que procedía mantener  la prisión preventiva oficiosa.

También aclaró que si no se ha cumplido el principio constitucional de procesar y sentenciar a los acusados  en un plazo máximo de dos años, se debe a que los propios indiciados han renunciado a ese derecho para continuar con su defensa, además de que ha sido los abogados de éstos, quienes han alargado el proceso.

Reveló que durante los 17 años y medio que se llevan del proceso, los abogados de Daniel Aguilar y Reyes Alpizar el juzgado ha contabilizado 120 inasistencias de los defensores a las audiencias. “En, efecto, estas inasistencias han provocado que el proceso tenga un retraso de por lo menos cinco años, si tomamos en cuenta que cada mes hay dos diligencias”.

Así las cosas, el juez, en un inicio negó la posibilidad de que Daniel García y Reyes Alpizar recuperaran su libertad, al negar a la defensa, la petición de cambiar la medida cautelar.

“Y no solo niego este cambio porque no se cumplen supuestos jurídicos sino porque además se trata de que la víctima es una mujer y ahora bajo el contexto que se vive de violencia generalizada hacia las mujeres, estamos obligados a resolver bajo el principio de perspectiva de género”.

No obstante, indicó que existía otra posibilidad legal para que García y Apizar recuperaran su libertad y esta es que sea el ministerio público o se desista de la imputación o solicite el cambio de medida cautelar bajo el argumento de que ya no existe riesgo de fuga, ni peligro de daño a las víctimas ni perjuicio a la sociedad.

En ese entendido informó que el ministerio público adscrito al juzgado había presentado una petición para cambiar la medida cautelar, pero señaló que esta no es suficiente, sino se requiere sea respaldada por la petición de la autoridad máxima de la representación social, en este caso del Fiscal General de Justicia del Estado de México o quien este designe.

En tal virtud, dio un plazo de 72 horas para que el Fiscal comparezca o mande escrito para solicitar la modificación de la prisión preventiva oficiosa, por la libertad condicionada, y dijo que en caso de que esto no ocurra, los acusados deberán permanecer en la cárcel hasta que no se dicte sentencia en la causa penal.

En la audiencia estuvo presente el padre de la regidora María de los Ángeles Tamez Pérez, quien expresó temor porque el caso quede impune y no se castigue a los responsables de la muerte de su hija.

El juez consideró que continuará el proceso penal hasta el final y se dictará sentencia con los elementos de prueba que cada una de las partes han aportado en el juicio.

 

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