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Redacción

 Toluca, Edomex 31 de enero del 2017.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México aprobaron por mayoría de votos suavizar los requisitos legales que se exigen a los aspirantes a candidatos independientes, para lograr su registro y participar así en la contienda de gobernador del junio próximo.

Los magistrados consideraron parcialmente fundados los agravios esgrimidos por la empresaria Teresa Castell Oro Palacios, y por el ex secretario de salud mexiquense, Guillermo Ortiz Solalinde quienes consideraban excesivos los requisitos para obtener el registro como candidatos independientes.

La ley señala que aquellos que aspiren a la candidatura independiente, deberán reunir 328 mil 740 firmas de respaldo de ciudadanos mexiquenses de al menos 64 municipios para poder obtener su registro como candidatos independientes.

Estas firmas también deberían representar al menos el 1.5 por ciento del padrón de cada uno de los 64 municipios mexiquenses que se exigían como mínimo del respaldo ciudadano.

Hoy los magistrados consideraron excesivo y desproporcionado este requisito y señalaron que sólo es necesario reunir las 328 mil 740 firmas, sin que estas sean necesariamente del 1.5 por ciento del padrón electoral de al menos 64 municipios. Esto es que lo que se pretende es que reúnan esta cantidad de firmas, sin obligarlos a que sean de la mitad más uno de los municipios mexiquenses.

Esto les permitirá a los aspirantes independientes, concentrarse  en algunas demarcaciones para lograr la cifra de 328 mil 740 firmas.

También , los aspirantes a candidatos independientes habían impugnado el hecho de que cada una de las firmas de respaldo obtenidas, deberían tener como respaldo la copia de la credencial de elector de quien proporcionó la firma. Los magistrados señalaron que sólo es necesaria la firma autógrafa y datos generales de los ciudadanos que otorgaron el respaldo.

El Tribunal Electoral del Estado de México también consideró fundados los agravios esgrimidos por Jonathan Martínez Leal y Humberto Vega Villicaña, a quienes el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) les había negado la posibilidad de pasar la asegunda ronda de reunir las firmas del respaldo, pues habían incumplido con algunos requisitos.

Los magistrados consideraron que la resolución del IEEM violaba sus derechos político electorales de votar y ser votado, y ordenó que en un plazo no mayor a 48 horas sean reconocidos oficialmente por el IEEM como aspirantes a candidatos independientes, para que puedan iniciar el proceso de recolección de las firmas necesarias para obtener su registro como candidatos ciudadanos.

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