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Israel Dávila

Toluca, Edomex 10 de agosto del 2017.- En la votación más dividida de la actual legislatura del estado, este jueves, el pleno del Congreso mexiquense aprobó, por mayoría, la despenalización en la venta de bebidas alcohólicas para menores de edad, y a quienes permitan el ingreso de niños y adolescentes a cantinas, bares, pulquerías y antros, entre otros establecimientos comerciales.

El PRI y sus aliados del Partido Verde y Nueva Alianza avalaron un paquete de reformas propuesto por el gobernador para elevar la competitividad del Estado de México, donde se incluyó la derogación de algunas fracciones del Código Penal que contemplaban con cárcel la venta de bebidas alcohólicas a menores, para dejarlo en una falta administrativa, sancionable con una multa económica.

Los diputados del PAN, PRD, PT y Morena recriminaron a los priistas su aval a las modificaciones, pues a su consideración éstas abren la puerta para que el consumo de alcohol entre adolescentes en la entidad aumente y puedan terminar cometiendo conductas delictivas.

Las reformas fueron el tema del central de la sesión con la que se cerró el tercer periodo de sesiones del segundo año de la legislatura. El debate se extendió por casi dos horas, pero al final  el PRI y sus aliados se impusieron por 39 votos a favor de las modificaciones, por 32 en contra de  los diputados de oposición.

Aunque se trataba de ajustes a varios ordenamientos como La Ley Orgánica  de la Administración Pública del estado de México, la Ley Orgánica Municipal; el Código Administrativo, el Código Financiero, La Ley de Fomento Económico, la Ley de Competitividad estatal y El Código Electoral del estado de México, el tema que causó mayor polémica fue la derogación de algunas fracciones de los artículos 204 y 148 bis del Código Penal mexiquense.

El articulo 148 bis sancionaba con tres a seis años de prisión y de 500 a dos mil días multa a quien vendiera o suministrase  bebidas alcohólicas, sin contar con la licencia de funcionamiento.

En tanto, el artículo 204, donde se tipifica el delito contra personas menores de edad, se derogó la fracción I que decía: a quien induzca  al consumo de bebidas alcohólicas, narcóticos o sustancias tóxicas, se le impondrá́ pena de tres a seis años de prisión y de doscientos a dos mil días multa. Y la fracción ocho, también derogada esta tarde, señalaba:  a quien permita directa o indirectamente el acceso a personas menores de edad a establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas como discotecas, bares, cantinas, pulquerías, centros nocturnos, centros de espectáculos, billares, centros de venta de cervezas o similares, así́ como a eventos, reuniones, fiestas o convivios al interior de inmuebles particulares, se le aplicará de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.

Ahora, estas las conductas serán sancionadas como faltas administrativas.

Diputados del PAN, PRD, Morena y PT, primero en comisiones de dictamen y luego en tribuna, trataron de persuadir a los priistas de perjudicial de estas modificaciones, pero no lograron su objetivo.

“Que compromisos habrán adquirido con los empresarios de estos establecimientos para promover una reforma de este tipo. Esos argumentos de que se trata de impulsar el desarrollo económico con las reformas, no se los creo”, recriminó Francisco Vázquez de Morena.

La oposición también se quejó por las reformas que permitirán que ahora las licencias para la venta de bebidas alcohólicas puedan ser expedidas cada cinco años cuando en la actualidad se requería autorización por año y la reforma al código administrativo para aumentar una hora más la venta de alcohol en los establecimientos, quienes tenían permiso hasta las 2:00 horas, y ahora será hasta las 3:00 de la madrugada.

Además recriminaron la derogación del artículo 348 del Código Electoral para desaparecer la ley seca, durante el día previo a la jornada electoral y el día de las elecciones.

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