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Redacción

Metepec, Edomex 4 de agosto de 2019. – A partir de este lunes 5 de agosto entran en vigor  las sanciones para quien no cumpla el artículo 97 del Bando Municipal de Metepec, el cual hace referencia a la prohibición de los usos de bolsas plásticas desechables elaboradas de la derivación del petróleo las cuales son distribuidas por los negocios para el acarreo de productos de los consumidores, así como los popotes plásticos de un sólo uso, en restaurantes, establecimientos de comidas y demás comercios que proporcionen con dicho fin.

De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, al año se utilizan 500 mil millones de bolsas de plástico que terminan en los océanos, amenazando la vida marina y generando alta contaminación, por ello, el gobierno que encabeza Gabriea Gamboa Sánchez, se sumó al compromiso de reducir popotes y bolsas de plástico de un solo uso.

Las bolsas que pueden ser utilizadas son aquellas que en su producción hayan integrado un mínimo de 30 por ciento de material reciclado; las que son reutilizables, biodegradables y/o compostables; también las que tienen un espesor mayor a 50 micras; y las que cumplen con lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-E-267-CNCP-2016.

Por lo que respecta a los popotes, quedarán exentos de sanción los establecimientos que utilicen dicho accesorio fabricados con material de plástico integrados en sus envases originales; aquellos elaborados a partir de materiales compostables o biodegradables y los que otorgan en servicios que por su actividad no les sea posible sustituir estos artículos, como hospitales, clínicas, laboratorios de análisis clínicos y demás que tienen que ver con la salud humana y el bienestar animal.

Personal de la Dirección de Gobernación visitarán las unidades económicas, tianguis, mercados y puestos semifijos, para verificar que se cumplan las disposiciones en materia de prohibición de dicho ordenamiento, y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes, conforme a la normativa en la materia.

Cuando las unidades económicas o cualquier persona que ejerza una actividad comercial, incurran en el uso, entrega y distribución a título gratuito u oneroso bolsas y/o popotes de plástico prohibidos, se le aplicarán sanciones que van desde amonestación, hasta multa que podrá ir desde los 10 a los 50 UMAS, — es decir 800 a los 4 mil pesos — o si es reincidente más de tres veces,  la unidad económica no podrá realizar el trámite de renovación de licencia de funcionamiento y podrá ser clausurada.

Para determinar la cuantía en la sanción económica a imponer, deberá considerarse además el tipo de actividad económica, la dimensión de la unidad económica, el material que se utiliza, la necesidad de uso, las cantidades de distribución o entrega diarias y la capacidad económica del otorgante, el volumen que contiene, la superficie y equipamiento de la unidad comercial.

Con la prohibición de dichos artículos de plástico de un sólo uso en la ley municipal, el gobierno de Metepec pretende además de ayudar al medio ambiente, desarrollar la concientización de las y los vecinos para elegir alternativas más responsables.

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