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Redacción

Toluca, Edomex 7 de enero del 2021. La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación instruyó al Tribunal Electoral del Estado de México a valorar de forma integral la propaganda del empresario Fernando Flores en Metepec, pues a consideración de los magistrados sí existe una intencionalidad de posicionarse ante el electorado y obtener alguna ventaja en una contienda electoral, lo que podría derivar una sanción por actos anticipados de campaña o precampaña.

Los magistrados indicaron que aun cuando no se usan expresiones llamando al voto o a respaldarlo en una contienda interna de algún partido, sí hay elementos para presumir que su intención es promocionarse como una opción viable para el municipio, más cuando usa la frase “Cómo sí” para resolver los problemas de la demarcación, lo que podría generar una ventaja indebida si se llega a postular a un cargo de elección popular.

En semanas anteriores, ciudadanos de Metepec promovieron una queja en contra del empresario Fernando Flores por la campaña que había iniciado a través de varios espectaculares en el Valle de Toluca y en videos y mensajes en Facebook con el fin de promoverse o posicionarse de cara a una candidatura.

En un inicio el Tribunal Electoral del Estado de México consideró que no había elementos para presumir una promoción personalizada con fines electorales, por lo que desechó la queja.

Los ciudadanos recurrieron entonces al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y la sala Toluca de esta instancia resolvió que se denota que la campaña sí tiene una intencionalidad político electoral.

El magistrado José Luis Avante señaló que varios actores sociales y políticos no solo en el estado sino en el país han hecho campañas similares usando vacíos en la norma, pero con la clara intención de hacer fraude a la ley o violar lo que en fondo busca la norma, impedir que se pueda obtener alguna ventaja indebida.

En ese sentido, dijo que esta campaña se debe analizar de manera integral y sin dejar de lado el contexto en el que se hace.

“Lo que yo advierto es que dentro de la propaganda y las imágenes de los espectaculares que fueron colocados en el municipio, así como la difusión de los vídeos de Facebook, lo que se obtiene es la intención, con toda claridad, de presentar a un ciudadano que ofrece soluciones”

En los  espectaculares, dijo el magistrado, más del 50 por ciento  lo ocupa la imagen del ciudadano haciendo un señalamiento hacia el frente; se identifica su nombre con toda claridad y se observa un lema, «Cómo sí”

De su lado el magistrado José Luis Silva reiteró que la intención del empresario es promoverse y sacar ventaja ante una eventual postulación pues dijo que sus mensajes en espectaculares y redes sociales tienen todos los elementos de un campaña de posicionamiento con todo y eslogan.

Avante señaló que de concretarse la candidatura a favor de este ciudadano, se le deberán tomar en cuenta estos espectaculares y campaña de promoción en sus gastos de precampaña o campaña, pues su intención fue posicionarse entre el electorado.

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