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Redacción

Toluca, Edomex; 28 de noviembre de 2020.- El Consejo Estatal del PRD en el Estado de México aprobó que los procesos de selección interna para candidatos a alcaldes y diputados locales sea del 11 de enero al 16 de febrero de 2021. El método para la selección de candidatos será mediante Consejo Estatal Electivo.

La convocatoria para elegir candidatas y candidatos del PRD a diputados y diputados por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, así como integrantes de ayuntamientos, será aprobada por el Consejo Estatal el día diecinueve de diciembre del dos mil veinte.

El periodo de registro de precandidatos será del 11 al 15 de enero; la etapa de subsanación, del 16 al 17 enero; y el otorgamiento del registro se efectuará del 18 al 23 de enero por el Órgano Técnico Electoral.

Posteriormente, se contempla la aprobación de registro de precandidatos para el 24 enero. El periodo de precampaña será del 25 de enero al 16 de febrero de 2021.

El Consejo Estatal Electivo sesionará a más tardar el día 8 de marzo del próximo año.

Con relación a su política de coaliciones electorales o candidaturas comunes, el Consejo Estatal del PRD aprobó impulsar la conformación de una amplia alianza con un programa basado en compromisos de gobierno y legislativos que incluyan, como objetivos, el impulso de la justicia social; el respeto, promoción y ampliación de las libertades democráticas y los derechos humanos; el combate a la corrupción y a la Impunidad.

En tanto, se delegó la facultad a la Dirección Estatal Ejecutiva, para que, en coordinación con la Dirección Nacional Ejecutiva, se solventen las observaciones que se realicen el o los convenios de coalición electoral o candidatura común que se concreten, la plataforma electoral, y en su caso, el programa de gobierno de la coalición o candidatura común, o de uno de los partidos políticos coaligados.

Dentro del Consejo Estatal del PRD celebrado este sábado, también se acordaron criterios para salvaguardad la paridad de género en la determinación de las candidaturas para diputados de mayoría, de representación proporcional e integrantes de ayuntamientos.

En la totalidad de solicitudes de registro que presente el PRD o coaligado, deberá integrarse salvaguardando la paridad entre los géneros.

Entre los criterios avalados, se establece que todas las candidaturas deberán estar compuestas, por un propietario y un suplente; cuando la candidatura propietaria sea encabezada por una mujer la suplencia corresponderá al mismo género; cuando la candidatura propietaria sea encabezada por un hombre la suplencia podrá corresponder a un hombre o a una mujer, indistintamente.

Para efecto cumplir con el principio de interseccionalidad se observará y se estará a lo dispuesto a las reglas electorales locales que correspondan.

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