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Israel Dávila

Ciudad de México, 10 de noviembre del 2020.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación  aceptó a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron seis partidos políticos en contra de las reformas al Código Electoral del Estado de México y a la Ley Orgánica Municipal para reducir el número de regidores y síndicos en los ayuntamientos mexiquenses, a partir de las administraciones municipales que serán electas en los comicios del próximo año.

Las acciones de inconstitucionalidad contra las reformas impulsadas por Morena no solo fueron promovidas por partidos opositores al partido que fundó Andrés Manuel López Obrador, sino también fueron presentadas por fuerzas políticas aliadas al tabasqueño, –como el PT y  Encuentro Solidario (PES)– que en el Congreso mexiquense dieron su voto a favor de las modificaciones.

El pasado 29 de septiembre, la mayoría legislativa conformada por Morena, PRI, PT y PES, aprobaron las reformas impulsadas por el senador Higinio Martínez y el diputado Faustino de la Cruz, para reducir el número de regidores en los ayuntamientos mexiquenses. De acuerdo con el dictamen aprobado, se redujeron 407 regidores y solo 9 síndicos, lo que a decir de Morena, generará un ahorro en gasto de nómina en los municipios de más de mil 500 millones de pesos.

Los partidos promoventes de las acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideraron que las reformas al Código Electoral del Estado de México y a la Ley Orgánica Municipal, que se señalan en el decreto 190 de la LX Legislatura del Estado de México son regresivas, pues van en contra de la pluralidad y a la representación de las minorías en los cuerpos edilicios municipales, pues se reducen el número de integrantes de los cabildos.

Además, aducen que se violentó el proceso legislativo, pues el dictamen que se presentó a comisiones nunca fue circulado a los diputados con antelación, por lo que no hubo oportunidad de estudiarlo y mucho menos, los legisladores sabían a ciencia cierta que se estaba votando.

La controversia del PAN, firmada por el presidente nacional de ese partido, Marko Cortés fue la primera radicada con el número 278/2020. Luego se aceptó la de Movimiento Ciudadano presentada por integrantes de la Comisión Política Nacional de ese partido, encabezada por Clemente Castañeda, la que se le asignó el número 279/2020.

También, el 28 de octubre fue presentada la acción de inconstitucionalidad promovida por el PRD, la cual fue firmada por Jesús Zambrano, presidente de la Dirección Política Nacional de ese partido.

El 29 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentó el recurso promovido por el PVEM, a través de su representante legal Raúl Servín. A este expediente se le dio el número 281/2020.

Antes de que concluyera el plazo para recibir este recurso legal contra las reformas aprobadas por el Congreso y promulgadas por el titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, el Partido del Trabajo, aliado de Morena, presentó también su escrito de acción de inconstitucionalidad, pese a que sus diputados locales avalaron la aprobación de estas modificaciones.

La acción de inconstitucionalidad presentada por el PT ante la SCJN fue firmada por el dirigente nacional del partido Alberto Anaya y por Oscar González Yáñez, diputado federal mexiquense y miembro de la comisión nacional de ese partido.

El recurso presentado por el PT fue radicado en el expediente 282/2020.

En tanto, Adrián Saúl Martínez Santillán, en su calidad de representante del Partido Encuentro Solidario –también aliado de Morena—promovió su acción de inconstitucionalidad que fue radicado con el folio 284/2020.

Los seis expedientes fueron acumulados en una sola causa, y ahora se le dio al Congreso mexiquense un plazo de 10 días para poder presentar lo que a su derecho convenga.

Los expedientes fueron remitidos al ministro de turno, pero no se reveló el nombre de éste que será el responsable de analizar los juicios de inconformidad y elaborar el proyecto de resolución que deberá ser discutido por alguna de las dos salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El fallo se deberá dar antes de enero, pues en los primeros días del año entrante arranca formalmente el proceso electoral y ya no podrá haber cambios para darle certeza a los comicios.

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