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Israel Dávila

Toluca, Edomex. 16 de diciembre del 2021.- En una votación dividida, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el triunfo del priísta David Sánchez Isidoro en la elección de presidente municipal de Coacalco, y tras anular 13 casillas, se revirtió el resultado y con el nuevo cómputo, ahora la victoria en estos comicios corresponde al morenista, Darwin Eslava Gamiño.

Con esta resolución, se le retira la constancia de mayoría al priísta David Sánchez Isidoro y su planilla de síndico y regidores; se otorga el triunfo a Darwin Eslava, ahora alcalde reelecto, junto al síndico y regidores postulados por la coalición Juntos Haremos Historia, conformada por Morena, PT y Nueva Alianza.

Los magistrados electorales determinaron, dos votos contra uno, que en la elección se presentaron algunas irregularidades que llevaron a la anulación de casillas, lo que modificó el resultado final, además de que se consideró que el candidato priísta era inelegible para ocupar el cargo pues, después de la jornada electoral del 6 de junio, se le condenó penalmente por el delito desacato.

En una larga sesión de la Sala Regional, los magistrados debatieron durante horas sobre las anomalías que se presentaron en el desarrollo del proceso electoral en Coacalco y sobre la elegibilidad del abanderado tricolor, David Sánchez Isidoro.

Sobre este tema se informó que el pasado 21 de junio, un juez de control condenó a Sánchez Isidoro a 3 años y 4 meses de prisión al encontrarlo responsable por el delito de desacato, pues en más de 12 ocasiones, cuando fue alcalde en el periodo 2013-2015, no atendió una resolución de un juzgado de amparo para pagar un laudo que data del 2009. La pena de prisión fue conmutada por trabajo a favor de la sociedad durante 3 años y 4 meses.

Este hecho, fue considerado por los magistrados Juan Carlos Silva Adaya y Marcela Fernández Domínguez, presidenta de la Sala Regional del TEPJF, como motivo para determinar que el priísta “no tenía un modo honesto de vivir” y no cumplía con el requisito de “probidad” que exige la ley para asumir un cargo como presidente municipal.

El magistrado Alejandro Avante no comulgó con estos argumentos pues dijo que el propio juez de control, le concedió beneficios Sánchez Isidoro y nunca le suspendió sus derechos políticos, por lo que no había razón para considerar que era inelegible.

Sobre las irregularidades que se registraron en la elección, se dijo que varios delegados municipales fungieron como funcionarios de casilla, lo cual pudo ejercer alguna presión de estos hacia los electores para votar a favor del PRI.

Alejandro Avante señaló que ese argumento tampoco era razonable, más aún cuando los delegados municipales fueron designados por un ayuntamiento emanado de Morena, y no habría como fundamentar que estos ejercieron presión para que votaran a favor del PRI.

El tercer argumento para revocar el triunfo del PRI fue que Morena no tuvo acceso a copias certificadas de las actas de escrutinio, a pesar de que las solicitó en tres ocasiones al Instituto Electoral del Estado de México y esto le vulneró el derecho a una buena defensa para promover sus impugnaciones.

Anulan elección municipal de Atlautla
En la sesión, los magistrados también resolvieron, por unanimidad, anular la elección del municipio de Atlautla, pues el PRI, que quedó en segundo lugar de la contienda, pudo acreditar que su candidata, Carmen Carreño, fue víctima de violencia política de género a través de descalificaciones que se dieron por medio de la pinta vandálica de 8 bardas con propaganda electoral.

Los magistrados consideraron que estas pintas agresivas y de descalificación contra la abanderada priista, donde se utilizó un discurso de odio, sí impactaron en los resultados de la elección municipal, donde la diferencia entre el primer y segundo lugar fue de solo 2.5 por ciento de los votos.

En tal virtud, el Tribunal Electoral ordenó al Congreso mexiquense convocar a elecciones extraordinarias para determinar a las autoridades municipales para el periodo 2022-2024 y en tanto se celebran estos comicios, se deberá designar a un alcalde y cabildo provisional.

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