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Redacción

Toluca, Edomex; 25 de septiembre de 2020.- El gobernador del Estado de México, Alfredo Del Mazo Maza publicó este viernes diversas reformas a la Constitución local y a distintos ordenamientos legales, en los cuales se tipifica la violencia política y se establecen procesos sancionadores para los responsables; así como medidas cautelares y de reparación de daños para las víctimas de la misma.

Con la publicación de dichas reformas legales por parte del Ejecutivo estatal, se materializan las modificaciones aprobadas por la Legislatura mexiquense en contra de la violencia política hacia las mujeres, para fortalecer la defensa de los derechos político-electorales de las mexiquenses, eliminar el lenguaje sexista y garantizar la paridad de género en los puestos de elección popular. Por ejemplo, integra los términos candidata y candidato; diputada y diputado; y gobernadora y gobernador.

Las reformas legales que entraron en vigor ayer viernes replantean la definición de violencia política de género y extender la paridad al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y al Tribunal Electoral de la entidad, al introducir el principio de paridad de género y el lenguaje incluyente en la normativa estatal, además de fijar el proceso sancionador para casos de violencia política; e incorporar medidas cautelares y de reparación en casos de violencia política.

Con dichas reformas no podrán ocupar cargos públicos quienes tengan antecedentes de sentencia ejecutoriada por violencia política contra las mujeres debido a su género, por ser deudores alimentarios, por violencia familiar o de género o delitos contra la libertad sexual.

De acuerdo con lo anterior, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) deberá crear un padrón de las personas condenadas por los citados delitos, el Instituto Nacional Electoral podrá solicitar información para saber si los aspirantes a candidatos a un cargo público tienen referencias de este tipo de conductas y quienes tengan antecedentes de violencia política no podrán ocupar candidaturas en 2021.

La reformas también establecieron sanciones por violencia política de género en contra de candidatas; que los entes públicos observen los principios de igualdad y equidad de género; que las listas de representación proporcional se integren por fórmulas compuestas por una persona propietaria y una suplente del mismo género; que los partidos políticos asignen recursos para la creación, fortalecimiento y difusión de mecanismos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, y que sea su obligación promover la igualdad de oportunidades entre sus militantes.

Los partidos políticos que sean infraccionados por el incumplimiento de las obligaciones para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, según la gravedad de la falta, podrá sancionarse con la reducción de hasta el 50 por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda, por el periodo que señale la resolución.

Dentro del Instituto Electoral del Estado de México se contempla la creación de la Unidad Técnica para Atender la Violencia Política contra las Mujeres, cuya titularidad recaerá en el titular de la Secretaría Ejecutiva. Su función principal será de apoyo, asistencia y asesoría a las precandidatas, candidatas, aspirantes, militantes de los partidos políticos, servidoras públicas, periodistas, defensoras de derechos humanos o similares que manifiesten ser objeto de violencia política en razón de género.

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