Redacción
Naucalpan, Edomex. 26 de septiembre de 2018.- Autoridades sanitarias del Estado de México suspendieron las actividades del restaurante “Terraza Pacífico” por violaciones a diversas normas sanitarias, así como a ordenamientos de control de tabaco.
El establecimiento de comida “Terraza Pacífico”, es presuntamente propiedad de Adriana Pks y Ricardo Barradas Coubert, identificados como #LadyBat y #LordMaestroLimpio y responsables de una brutal agresión a un joven vendedor de nieves por supuestamente invadir su espacio en la vía pública.
El pasado fin de semana, un video viral en las redes sociales, exhibía las imágenes de un sujeto de playera blanca, quien somete al joven en el piso y lo golpea en el rostro, mientras la mujer permanece en la parte de atrás con un bat en una actitud amenazadora
De acuerdo a la Secretaría de Salud del Estado de México, derivado de una revisión sanitaria en el lugar, se determinó suspensión por la evidencia de colillas de cigarrillos en la jardinera ubicada en el interior del lugar, en plena violación a la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.
El establecimiento también presentaba violaciones al Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de Higiene para el Proceso de Alimentos, Bebidas o Suplementos Alimenticios.
Asimismo, se pudo determinar que el almacenamiento de productos químicos junto a los alimentos; una técnica inadecuada de desinfección de frutas y verduras; utensilios de madera en mal estado con presencia aparente de hongos; almacenamiento incorrecto de alimentos refrigerados y congelados.
Entre otras irregularidades, se pudo establecer una incorrecta técnica de lavado de manos; pisos, techos y paredes con pérdidas de continuidad, acumulación de residuos de alimentos y falta de limpieza; uso de joyería por el personal de la barra de bebidas; y tarja de lavado de manos sin los elementos necesarios.
Las autoridades sanitarias reportaron otras medidas insalubres como falta de mantenimiento y limpieza del equipo de refrigeración, congeladores y campana de extracción.
En términos de los artículos 401 BIS y 401 BIS 1 de la Ley General de Salud se realizó la recolección de dos muestras, la primera de ceviche de pescado crudo y la segunda de ceviche de camarón crudo, mismas que fueron remitidas al Laboratorio Estatal de Salud Pública para su análisis y determinación.