Redacción
Toluca, Edomex; 12 de enero de 2022.- El Órgano Superior de Fiscalización emitió un acuerdo mediante el cual establece que, las entidades fiscalizables estatales y municipales deberán entregar el informe correspondiente al último trimestre de 2021, del 2 al 10 de febrero del año en curso.
En el acuerdo publicado en la Gaceta de Gobierno, se establece una calendarización para el cumplimiento de la entrega de informes a un total de 220 entes fiscalizables, incluidos los 125 ayuntamientos que concluyeron sus responsabilidades el pasado 31 de diciembre; además de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; Tecnológicos Superiores, Universidades Tecnológicas y Politécnicas; la Fiscalía General de Justicia y órganos autónomos como la UAMEex, la Codhem, el IEEM, el TEEM y el Infoem, entre otros.
El OSFEM detalló que, los informes trimestrales de los sujetos de fiscalización, se deben integrar en atención al requerimiento anual para la entrega de los informes de las entidades fiscalizables estatales y municipales del ejercicio 2021.
El mismo acuerdo precisó que, la entrega del cuarto informe trimestral correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021 de los sujetos de fiscalización, se debe presentar del 2 al 10 de febrero de 2022, en la Oficialía de Partes, para atender los protocolos sanitarios de la pandemia relacionada con SARS-CoV-2.
Además, se requiere a los sujetos de fiscalización, cumplir con la presentación de la información referida de forma veraz, confiable, pertinente, completa, clara, oportuna y correcta, que guarde plena relación con lo solicitado; a fin de que este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, cumpla con sus atribuciones conferidas en términos constitucionales y legales.
Ante la negativa a entregar información, proporcionarla falsa, incompleta, así como realizar actos de simulación para entorpecer u obstaculizar la actividad fiscalizadora; el Órgano Superior de Fiscalización promoverá las acciones correspondientes en contra de los responsables, conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, y en su caso, de la legislación penal aplicable.
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