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Revoca TEPJF sentencia contra Serafín Gutiérrez por violencia política de género; queda firme su candidatura

Redacción

Toluca, Edomex, 13 de mayo del 2021.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este jueves la sentencia que emitió hace unas semanas el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) en la que determinó que el alcalde de Xonacatlán, Serafín Gutierrez había incurrido en violencia política de género, lo que lo hacía inelegible para ser candidato en el actual proceso electoral.

En sesión, los magistrados de la Sala Regional concluyeron que tras un análisis del caso, no se acreditaron las conductas de violencia política en razón de generó, de acuerdo a una jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal, razón por la cual, la sentencia del TEEM debe ser revocada.

En tal virtud, la Sala Regional Toluca del TEPJF ordenó al TEEM dar vista a todas las autoridades a las que vinculo en su sentencia de esta resolución para que borren del Registro Nacional de Agresores a Serafín Gutiérrez, y por tanto, ya no existe impedimento para que pueda contender por un cargo de elección popular.

El partido Movimiento Ciudadano lo postuló de nueva cuenta a la presidencia municipal de Xonacatlán, por lo que su candidatura ya no corre peligro y podrá seguir haciendo campaña en busca de la reelección.

Serafín Gutiérrez había sido acusado por una regidora del ayuntamiento de violencia política de género pues había la había obstruido para realizar sus labores como regidora, despojándole de personal de apoyo y de materiales y recursos para poder desempeñar su labor, además de que le negaba información que la edil solicitaba.

Los magistrados de la Sala Regional indicaron que no se cumplen los supuestos que marca la ley para establecer que Serafín Gutiérrez incurrió en violencia política de género.

Por otra parte, en sesión del TEEM  se resolvieron este jueves 50  expedientes relacionados con peticiones hechas por ciudadanos para tener acceso a la justicia electoral de manera imparcial y pronta.

Entre los asuntos se encontraban más de 20 impugnaciones a las postulaciones hechas por Morena, pero todas resultaron improcedentes por diversas causas.

En el expediente 226 promovido por Erika Levi Hernández, en su calidad de diputada suplente del distrito local 30 de Naucalpan, donde impugnó la negativa del Presidente de la mesa directiva de la diputación permanente de la 60 Legislatura del Congreso del Estado de México para ser convocada a efecto de tomar protesta de ley y ocupar el cargo como diputada local, el TEEM declaró fundado agravio. Además vinculó a la Diputación Permanente de 60 legislatura, así como a su Presidente para dar cumplimento a la sentencia.

También fueron desechadas expedientes donde se acusaba a Juan Zepeda , Alfredo Durán y Ruth Olvera por actos anticipados de campaña cometidos en Neza, Cuautitlán Izcalli y Atizapán de Zaragoza, al no acreditar las faltas.

En el expediente Proceso Especial Sancionador 27/2021  iniciado por la síndico municipal de Zinacantepec  contra Blanca Iriana de la Vega, cuarta Regidora  del Ayuntamiento por violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado del uso de lenguaje discriminatorio, desigual y difamatorio, el TEEM determinó  declarar existente denuncia.

Además sentenció a dar vista a la Secretaría de la Mujer del Estado de México para que la responsable tome un curso contra la violencia de género, brindar una disculpa pública, dar vista al Instituto Electoral del Estado de México para los efectos de la resolución y al Instituto Nacional Electoral para registro nacional de personas sancionadas por dos años.