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Redacción

Ciudad de México, 16 de diciembre de 2020.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 63/2020 dirigida al fiscal de Justicia del Estado de México, Alejandro Gómez Sánchez y al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM), Jorge Olvera García, derivado de una queja iniciada por el desalojo y la detención de personas que participaron en una manifestación pacífica al interior de las instalaciones de la CODHEM en el municipio de Ecatepec, Estado de México.

En un comunicado de medios, la CNDH detalló que tras una investigación se acreditaron violaciones a los derechos humanos de libertad de reunión y al trato digno e integridad personal, atribuibles a elementos de la Policía de Investigación de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México en agravio de integrantes del Colectivo Ehécatl, en defensa de los derechos de las mujeres y Fundación Iris.

Los hechos que derivaron en la queja, ocurrieron el pasado 10 de septiembre del año en curso, cuando integrantes de los colectivos mencionados acudieron a

tomar las instalaciones de la CODHEM, cuyo único objetivo era protestar por las acciones y omisiones de diversas autoridades del Estado de México, en la investigación de sus denuncias y conocer la verdad de los hechos ilícitos que se han cometido en contra de mujeres, niños, niñas y adolescentes.

Durante la toma de instalaciones de la visitaduría de la Codhem en Ecatepec, Policías de Investigación acudieron a dicho inmueble para desalojar a las mujeres inconformes, quienes eran acompañadas por menores de edad. Posterior a su detención fueron presentadas ante la Fiscalía de Justicia de Atizapán de Zaragoza, en donde se registró una reyerta entre los colectivos feministas y el personal de la institución ministerial.

En un primer momento, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México se deslindó del desalojó, y responsabilizó de dichas actuaciones a la Fiscalía de Justicia de la entidad. Por su parte, la institución ministerial afirmó que su intervención en el inmueble de la Codhem fue por petición expresa del personal del organismo defensor de las garantías individuales.

Tras su investigación, la CNDH advirtió que personal la FGJEM no encaminó su actuar para buscar canales de diálogo y soluciones a las quejas de las activistas, sino que, llegada la noche, obstaculizaron la libertad de reunión de las víctimas que permanecían en el interior de la CODHEM.

Entre las conclusiones presentadas por la CNDH, se violentó su derecho al trato digno e integridad personal al ser desalojadas de dicho recinto con uso excesivo de la fuerza, propinándoles alteraciones en su salud para someterlas, con lo que se apartaron del enfoque diferenciado y con perspectiva de género, además de omitir atender el derecho del interés superior de la niñez a fin de prevenir los hechos que se suscitaron.

En el mismo sentido, el organismo nacional determinó que personal de la CODHEM omitió proteger y garantizar los derechos humanos de las personas manifestantes que se encontraban en sus instalaciones, al abandonarlas y no dar seguimiento a las medidas precautorias que, de forma verbal le solicitaron a personal de la Fiscalía del Estado, para proteger a las niñas y niños que se encontraban acompañando a las y los manifestantes.

De igual forma se documentó que existió continuidad en la violación al derecho a la integridad personal por parte de elementos de la FGJEM en un segundo momento, ya que se cometieron agresiones en contra de las personas que acudieron a las instalaciones del Centro de Justicia de dicha Fiscalía en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, para preguntar por la situación jurídica de las manifestantes.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos recomendó al Fiscal General de Justicia del Estado de México y al presidente de la CODHEM colaborar en la integración de la carpeta de investigación que se inicie por la denuncia que la CNDH realice contra quienes resulten responsables por ordenar e inferir agresiones a las víctimas; coadyuvar en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control en dicha dependencia, en contra de las personas servidoras públicas que intervinieron en los hechos relativos al desalojo, traslado y puesta a disposición, respectivamente, ante el Centro de Justicia de Atizapán de Zaragoza, y designar a un servidor público para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.

La FGJEM, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de dicha entidad federativa, deberá reparar integralmente el daño en términos de la Ley General de Víctimas, inscribir a las víctimas en el Registro Estatal de Víctimas y brindarles atención médica y psicológica.

Además, deberá dar puntual seguimiento a las Carpetas de Investigación que se iniciaron con motivo de los hechos en contra de las manifestantes. De igual forma, la FJGEM deberá diseñar e impartir un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, específicamente para prevenir e identificar de forma eficaz las conductas que atenten contra la dignidad humana de las víctimas y la libertad de reunión, tratándose de manifestaciones y protestas sociales, con perspectiva de género y atendiendo el derecho al interés superior de la niñez.

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