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Redacción

Toluca, Edomex, 5 de febrero del 2018.- El ayuntamiento de Toluca publicó este lunes su Bando Municipal y de Buen Gobierno para 2018, donde fija explícitamente la prohibición del comercio ambulante para el primer cuadro de la capital mexiquense.

Además, el documento obliga a los propietarios de mascotas a ser más responsables y recoger sus desechos, pues de lo contrario podrían ser acreedores a multas-

En el documento normativo también destacan consideraciones en materia de Mejora Regulatoria, Medio Ambiente, Delimitación de territorio y Sistema Municipal Anticorrupción.

Para facilitar que la ciudadanía del municipio lo conozca está disponible en la página www.toluca.gob.mx/bando-2018/ y cuenta con un índice temático.

El Bando Municipal fue integrado y aprobado por los integrantes del H. Cabildo, tomando en cuenta aportaciones y observaciones que realizó la población en las diferentes sesiones de Cabildo Abierto que se desarrollaron durante el 2017.

Sobresale lo relacionado a la tenencia responsable de perros y gatos, al establecer medidas estrictas para que los dueños o propietarios recojan los desechos orgánicos de sus mascotas, en caso de no hacerlo y ser sancionados deberán acudir a una serie de pláticas sobre tenencia responsable al Centro de Control Animal, si se reincide serán multados económicamente con base en lo establecido en el Código para la Biodiversidad del Estado de México.

En cuanto a Mejora Regulatoria se busca optimizar y agilizar trámites para la ciudadanía, es decir, brindar respuesta inmediata a la población unificando criterios que establecen las leyes federal y estatal. Asimismo, brindar trasparencia, abatir la corrupción, fomentar el desarrollo socioeconómico y la competitividad.

Otra de las novedades importantes es la definición clara del polígono del Centro Histórico que abarca cinco unidades territoriales, prevista en el artículo 12 de este ordenamiento, con el propósito de determinar la vida jurídica que regirá dentro de ellas, así como su adecuada aplicación sobre todo porque no se tolerará la instalación de comercio ambulante, actividad que de acuerdo con el artículo 88 del Capítulo Segundo del Funcionamiento de Establecimientos Comerciales y de Servicios Abiertos al Público, queda prohibida para garantizar el libre tránsito de peatones y automovilistas, ya que en promedio transitan por el primer cuadro de la ciudad 35 mil ciudadanos.

También se precisa el Sistema Municipal Anticorrupción que lo hace concordante con la entrada en vigor a nivel nacional. En el caso del municipio se busca que con dicho sistema se eviten los actos de esta naturaleza derivados del actuar de las y los servidores públicos municipales y de los particulares, o se sancione en caso de presentarse. El objetivo es que  dicho sistema municipal se ciudadanice.

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