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Redacción

Toluca, Edomex. 8 de septiembre del 2020.- Las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Electoral y de Desarrollo Democrático del Congreso mexiquense aprobaron este martes reformas a la Constitución del Estado de México y a la Código Electoral local, encaminadas a que aquellos que busquen alcaldes o diputados que busquen la reelección no estén obligados a separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral como lo fijaba la norma en la entidad, sino ahora puedan hacerlo solo con 24 horas de antelación al inicio de las campañas electorales.

Las reformas a los artículos 40 fracción séptima y 120 fracción cuarta de la Constitución del estado, así como artículos 18 y 19 del Código Electoral fueron propuestos por diputado Valentín González Bautista, y este martes, tras ajustes a la propuesta original, fue avalada por todos los grupos parlamentarios.

A decir de los legisladores, estas reformas “generan condiciones de certeza jurídica para el proceso electoral de 2021 y dará la oportunidad de ofrecer continuidad a los proyectos de gobierno”.

El elemento fundamental para que fueran avaladas las reformas, es que con estas modificaciones se logra armonizar el marco jurídico electoral del estado con el federal, pues ya había criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de que no era necesario que los funcionarios o representantes populares que busquen otro cargo de elección popular o el mismo, a través de la elección consecutiva tengan que separarse de su encargo con tanta anticipación, como lo planteaba la ley en la entidad.

La reforma constitucional señala que los integrantes de los ayuntamientos, así como legisladoras y legisladores que deseen participar en un proceso electoral como candidatos,  deben separarse del cargo 24 horas antes del inicio de las campañas proselitistas, y podrán regresar a él una vez concluidas.

El dictamen de reforma constitucional aprobado este martes en comisiones, será sometido al pleno Legislativo en la sesión del próximo jueves y una vez que se apruebe por esta instancia deberá turnarse a todos los ayuntamientos para que la mayoría de los cabildos municipales la aprueben y así el gobernador la pueda promulgar.

La aprobación de los ayuntamientos deberá ser casi de manera inmediata, pues la reforma, para que sea vigente para el proceso electoral 2021, tiene que  promulgarse antes del 1 de octubre.

 

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