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SAT publicará pagos de Korenfeld por uso indebido de helicóptero de Conagua

Redacción

Distrito Federal. 26 de agosto de 2015.- El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) entregar los documentos que comprueben los pagos realizados por el exdirector general de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), David Korenfeld, por el uso indebido de un helicóptero del organismo.

En la víspera, el SAT había clasificado dicha información como reservada “por cuestiones de secreto fiscal”; sin embargo, un particular interpuso un recurso de revisión ante el argumento de que el propio Korenfeld fue quien reveló haber realizado el pago correspondiente por el uso que hizo de la aeronave.

korenfeld_renuncia_planamayor2El SAT confirmó su respuesta inicial y manifestó que el derecho de acceso a la información es un derecho humano en el que debe prevalecer el principio de máxima publicidad, “en tanto no afecte otras esferas jurídicas”.

El INAI, al hacer una revisión del caso, determinó que al encontrarse pública la información referente al expediente administrativo 0016/2015 de la Secretaría de la Función Pública -relacionado con David Korenfeld-, la protección del secreto fiscal era improcedente, pues “se impediría al particular ejercer su derecho al acceso a la información que ya era de carácter público”.

En su resolución, el INAI estableció que el pago hecho por Korenfeld no es una contribución que el SAT hubiera recaudado, sino el pago de un aprovechamiento, es decir, “un ingreso que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones”.

El órgano de Transparencia consideró que la publicidad en dicha información permite evaluar la gestión de los servidores públicos y favorece la rendición de cuentas a los ciudadanos, ya que “obliga a los primeros a conducirse con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público”.

El pleno del INAI aprobó por unanimidad revocar la respuesta del SAT e instruyó a que, en un plazo máximo de 10 días hábiles, entregue al particular los documentos que comprueben “todos los pagos realizados por Korenfeld a la Tesorería de la Federación por el uso indebido de un helicóptero.