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Lanza UAEMex consulta para reformar Estatuto Universitario; incluye artículo 43 y elección de rectoría

Francisco Ledesma

 

Toluca, Edomex; 11 de junio de 2025.- El Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex) aprobó realizar una consulta a la comunidad universitaria para reformar el Estatuto Universitario en su artículo 43 con el propósito de disfrazar una supuesta no criminalización de la protesta estudiantil, a reserva de daños a bienes universitarios; así como modificar los artículos del 100 al 105 sobre la elección de rectora o rector, los cuales contemplan el voto personal, directo y secreto de quienes integran los sectores del alumnado, personal académico y administrativo.

 

Esta consulta se realizará a partir del día 12 de junio a las 07:00 horas y hasta el miércoles 18 de junio a las 23:59 horas. Para la difusión y conocimiento de la misma, se enviará un correo electrónico a las y los integrantes de la comunidad universitaria y se desarrollará una campaña en los medios de comunicación institucionales.

 

Además, el Consejo Universitario avaló por mayoría la continuidad del Proceso de Elección de Rectora para el periodo ordinario 2025-2029, en tanto se avance en la aprobación de la Reforma al Estatuto Universitario, así como en el análisis de las bases del proceso y los cambios en el calendario.

 

Durante la Sesión Permanente del H. Consejo Universitario, encabezada por el encargado del despacho de la Oficina de la Rectoría, Isidro Rogel Fajardo, se explicó que el artículo 12 del Estatuto Universitario establece, en su fracción tercera, que para la modificación, derogación o abrogación de sus disposiciones, se deben recabar las opiniones de la comunidad universitaria, considerándolas para la elaboración del documento final que será presentado al pleno para su análisis y aprobación.

 

Como parte de presuntamente evitar la criminalización del movimiento estudiantil, se detalla la reforma del artículo 43, el cual establece que son causas graves de faltas a la responsabilidad universitaria: suspender ilegalmente, en forma pacífica o violenta, en todo o en parte, las actividades de la Máxima Casa de Estudios mexiquense, propone la siguiente adición:

 

“La manifestación pública y pacífica, y la libre expresión de ideas no se constituye como causal grave de responsabilidad universitaria, en tanto no implique daño, violencia o apropiación indebida de los bienes universitarios”.

 

Con respecto a la elección de rector o rectora, se pretende modificar los artículos del 100 al 105, con lo que se procederá a contabilizar los votos para determinar a la o el aspirante que haya obtenido la mayoría por sector en dicho espacio. El voto del sector del alumnado se contabilizará por uno, el del personal académico por uno y personal administrativo por uno.

 

Asimismo, se propone reformar el artículo 111 sobre los derechos y obligaciones de consejeras y consejeros electos, las y los cuales tendrán la obligación de hacer del conocimiento a sus representados aquellos asuntos que sean sometidos al H. Consejo Universitario o a las comisiones de las que forman parte.