Redacción
Toluca, Edomex. 21 de agosto de 2015.- El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, (Osfem) fue la entidad que presentó la denuncia que hoy tiene en la cárcel al alcalde con licencia de Naucalpan y diputado federal electo del PRI, David Sánchez Guevara, acusado de peculado.
Este delito, es considerado como grave por el Código Penal mexiquense, por lo que no alcanzaría el beneficio de la libertad bajo fianza y deberá esperar a que un juez de control resuelva su situación jurídica para ver si lo vincula a proceso o determina que no existen pruebas suficientes que lo incriminen.
El procurador General de Justicia de la entidad, Alejandro Gómez Sánchez, informó que de acuerdo a una auditoria que realizó el Osfem, David Sánchez Guevara reportó gastos de obras que no existen o no realizó.
Entre estas obras se encuentra todo el programa de pavimentación con el que David Sánchez pretendía acabar con los más de 15 mil baches existentes en Naucalpan.
La semana pasada, perredistas de ese municipio y el diputado Octavio Martínez Vargas manifestaron que sólo en 2014 se presupuestaron 60 millones de pesos para ese programa y no se ejerció un solo peso, pero tampoco se supo qué paso con ese dinero.
Las auditorias al manejo de los recursos en Naucalpan aún no concluyen, reveló el procurador Alejandro Gómez, quien recalcó que el monto del desfalco aún podría ser mayor.
En las últimas semanas, en el ayuntamiento se habló de otro presunto desvió de 60 millones de pesos, que habría hecho el Organismo Operador del Agua, al invertir esta cantidad de dinero en la Sociedad Financiera Ficrea, donde se descubrieron fraudes millonarios para usuarios, entre ellos, el ayuntamiento de Naucalpan.
Tras su detención ayer por la tarde-noche en la zona de Echegaray, David Sánchez Guevara, quien por la mañana acudió a San Lázaro a registrarse como diputado federal electo, fue ingresado al penal de Santiaguito, ubicado en Almoloya de Juárez, después de las 23:00 horas.
Se espera que mañana se realice la audiencia de formulación de cargos, para que en un plazo de 72 horas o 144 si es que pide la duplicidad del término constitucional, un juez de control determine si lo vincula proceso penal o bien, lo exonera por falta de elementos.
El peculado está tipificado en el artículo 140 del Código Penal del Estado de México y lo comete “aquel servidor publico que disponga en beneficio propio o indebidamente para terceros, con o sin animo de lucro, de dinero, rentas, fondos, o valores o sus rendimientos que tenga confiados en razón de su cargo…”
Si el monto del que haya dispuesto para su beneficio es menor a mil salarios mínimos, la pena es de uno a tres años de prisión e inhabilitación para ocupar cargo público de dos a seis años, pero el beneficio sobrepasa los mil salarios mínimos, –como todo indica– la pena es de tres a diez años de prisión y de seis a 20 años de inhabilitación para ocupar cargo público.