Redacción
La Secretaría de la Función Pública (SFP) determinó que no existen elementos para instrumentar procedimiento en contra del titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, Humberto Benítez Treviño, por el caso conocido como “Lady Profeco” y que involucra a su hija Andrea Benítez, quien habría influido en la clausura de un restaurante en la colonia Roma hace un par de semanas.
Conforme a la ley de la materia, la Secretaría de la Función Pública informó que “en los próximos días” suspenderá, de manera temporal, a cuatro funcionarios de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) luego de la investigación que llevó a cabo cuando Andrea Benítez, mejor conocida como #LadyProfeco, ordenó el cierre del restaurante “Maximo Bistrot”.
Entre los suspendidos de manera temporal está un hermano del diputado federal por el PRI José Rangel Espinosa –famoso por la portación de una “charola” de la Cámara de Diputados Federal en lugar de las placas de circulación de un automóvil BMW-.
Jesús Rangel es director general de Verificación y Vigilancia de la Procuraduría Federal del Consumidor, señalado como responsable de movilizar a los inspectores de la institución para clausurar dicho establecimiento.
Los sancionados serán el subprocurador de Verificación, los directores General de Verificación y Vigilancia, y de Procedimientos y Sanciones, así como el jefe de departamento de Verificación de Normas Oficiales Mexicanas de la Profeco.
Se iniciará el procedimiento administrativo disciplinario previsto en el Artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en contra de quienes ordenaron y participaron en la visita de verificación.
El comunicado indica que, como parte de la investigación para esclarecer los hechos, se tomó la declaración de 13 funcionarios, incluido el titular de la Profeco, Humberto Benítez.
La SFP destacó que se encontró que los funcionarios que ordenaron y participaron en la visita de verificación actuaron de manera inmediata, sin cumplir con los requisitos mínimos de urgencia para la atención de una denuncia anónima.
Entre esos requisitos mínimos son “poner en peligro la vida, la salud, la seguridad o la economía de una colectividad de consumidores de conformidad a la Ley Federal de Protección al Consumidor”.
Aclaró que si durante la tramitación del procedimiento administrativo surgen elementos que permitan establecer la probable responsabilidad administrativa de cualquier otro servidor público, se procederá en los términos de la ley.
Asimismo, se establece que en caso de que se advirtiera la probable comisión de una conducta de carácter penal se hará del conocimiento del Ministerio Público de la Federación.