Redacción
Toluca, Edomex. 19 de abril del 2018.- El gobernador del Estado de México, Alfredo Del Mazo Maza publicó el Gaceta de Gobierno, un decreto por el cual crea la Comisión de Búsqueda de Personas de la entidad, para cumplir con el mandato legal que fijó la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas aprobada recientemente por el Congreso federal.
Esta comisión será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos y su tarea consistirá en dar seguimiento, ejecutar y dictaminar políticas púbicas relacionadas con acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas en el territorio estatal.
De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas que maneja el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de México es la segunda entidad del país con más personas desaparecidas en los últimos diez años, solo detrás de Tamaulipas.
De acuerdo al reporte más reciente, en el Estado de México se contabilizan tres mil 824 personas desaparecidas desde 2007 a la fecha.
De acuerdo con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, todas las autoridades estatales estarán obligadas a colaborar de forma eficaz con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas y con la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México.
La Comisión estatal deberá coordinar sus acciones con la Secretaría de Seguridad del estado, la Fiscalía General de Justicia de la entidad y la comisión estatal de víctimas del delito, para realizar su labor.
Esta comisión no solo deberá dar seguimiento a los casos de personas desaparecidas, sino también deberán elaborar informes periódicos en la materia, auxiliar a las autoridades competentes en la búsqueda de personas, diseñar y ejecutar acciones o políticas publicas encaminadas a mejorar la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, atender a familiares de víctimas de desaparición.
La comisión estará a cargo de una persona titular nombrada y removida por el Gobernador del Estado de México, a propuesta de la o el Secretario de Justicia y Derechos Humanos, quien deberá realizar una consulta pública a los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia. El titular, deberá ser nombrado en un plazo no mayor a 30 días.
También contará con un consejo ciudadano que estará integrado por cinco familiares de víctimas; cuatro especialistas en la protección y defensa de los derechos humanos y búsqueda de personas desaparecidas y cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos, que serán nombrados por el Poder Legislativo.