Redacción
Toluca, Edomex, 12 de
marzo de 2024.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem)
emitió la Recomendación 14/2023 al titular de la Secretaría de la Educación del
Estado de México, por el hostigamiento sexual que sufrió una estudiante de
telesecundaria por parte de su profesor, con lo cual se violaron sus derechos a
una vida libre de violencia y a la integridad personal y a una educación libre
de violencia y a la protección contra malos tratos.
La autoridad responsable
debe entregar en un acto público, una disculpa por escrito a la adolescente y
su mamá, en la que reconozca los hechos y acepte las responsabilidades. En
fecha próxima la autoridad educativa deberá presentar la disculpa por escrito
ante la presencia de un representante de la Codhem.
De acuerdo con la
investigación de la Codhem, derivada del expediente CODHEM/ATL/322/2022 de la
Visitaduría General sede Atlacomulco, los hechos se suscitaron en La Purísima
Concepción Mayorazgo, comunidad rural de San Felipe del Progreso, donde la
víctima fue alumna del profesor durante tres ciclos escolares y a partir del 22
de julio de 2022 éste comenzó a hostigarla sexualmente a través de la
aplicación de mensajería instantánea Whatsapp, situación que se prolongó
después de su egreso de educación secundaria –en el mes de agosto-, pues ya
como alumna de primer grado en Telebachillerato siguió siendo violentada.
Cabe indicar que la
telesecundaria y el telebachillerato ocupan las mismas instalaciones, la
primera en el turno matutino y el segundo en el vespertino, por ello con
frecuencia coincidían, lo cual hizo que la estudiante externara su negativa a
continuar en la escuela.
El 29 de octubre de 2022,
la madre de la víctima tuvo conocimiento que el servidor público enviaba a su
hija mensajes, audios y videos de índole sexual, por ello acudió a la
presidencia municipal, la Agencia del Ministerio Público y a la representación
de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas para
denunciar los hechos, pero no recibió asesoría ni atención adecuadas.
Además, el 4 de
noviembre de ese año, al reunirse con el director de la telesecundaria solicitó
la remoción del maestro, pero él expresó que trataría el asunto con el
Supervisor Escolar de la Zona, y aunque ella pidió la dirección de la oficina
del supervisor, no se la proporcionó.
El 5 de diciembre de ese
año, el Defensor Municipal de Derechos Humanos de San Felipe del Progreso
entregó a la CODHEM el escrito de queja firmado por la mamá de la víctima; por
ello, el Organismo Defensor solicitó los informes a la Secretaría de Educación
estatal y en colaboración, a la Fiscalía General de Justicia de la entidad;
recabó las comparecencias de la quejosa, servidores públicos responsables y
relacionados; y el Dictamen Pericial en Antropología Social para documentar
factores socioculturales que pusieron en riesgo y propiciaron su
vulnerabilidad, elaborado por especialistas de la Facultad de Antropología de
la UAEMex.
La CODHEM determinó que
las acciones del profesor dañaron la integridad personal de la víctima y
afectaron diversos derechos, sumado a las acciones y omisiones del director de
la escuela y del supervisor escolar, quienes debieron priorizar el interés superior
de niñas, niños y adolescentes, pero en lugar de proteger sus derechos y la
integridad de la comunidad estudiantil evitando que el agresor continuara
frente al grupo, fueron proclives a él, con lo cual se profundizó la
vulneración de los derechos de la adolescente y los riesgos para otras
potenciales víctimas.
Entre los puntos
recomendatorios están los siguientes:
– Brindar atención psicológica para
ambas afectadas.
– Presentar evidencia de circulares
emitidas para garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes.
– Difusión de información para docentes,
alumnado y padres de familia respecto a quién dirigirse en caso de eventos que
vulneren la integridad de estudiantes, y de instancias que brindan atención en
caso de violencia, hostigamiento y acoso sexual
– Capacitación y supervisión por las
autoridades educativas y la rotación del personal docente.
– La autoridad responsable debe entregar
en un acto público, una disculpa por escrito a la adolescente y su mamá, en la
que reconozca los hechos y acepte las responsabilidades.
Adicionalmente, la
CODHEM remitirá copia certificada de la Recomendación al Órgano Interno de
Control de la secretaría estatal y a la Fiscalía General de Justicia de la
entidad, para la determinación de la probable responsabilidad de las tres
personas servidoras públicas involucradas.