Redacción
Toluca, Edomex; 19 de
junio de 2025.- El Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado
de México (UAEMex) aprobó ampliar el periodo de consulta sobre la reforma al
Estatuto Universitario hasta el próximo 25 de junio, en la que se contempla
poner a consideración la modificación o derogación del artículo 43 para la no
criminalización de la protesta estudiantil; así como el artículo 104 Bis, el
cual aborda la ponderación del voto de cada sector de la comunidad para
determinar a la o el titular de la Rectoría.
Esta ampliación de la
consulta sobre la reforma al Estatuto Universitario, forma parte de los
acuerdos entre las Comisiones Especiales para el Diálogo y de Legislación
Universitaria de la UAEMex y el Enjambre Estudiantil Universitario (EEU).
En un comunicado de
medios, la Rectoría uaemita precisó que, para esta segunda etapa, las y los
interesados en este ejercicio -el cual no es una reforma definitiva, sino un
proceso consultivo-, podrán participar a través del sitio: reforma.uaemex.mx ingresando su correo
institucional. Cabe resaltar que al ingresar no se vulneran los datos
personales de quienes participan, ya que únicamente se solicita el correo
institucional para ingresar a la plataforma.
Además, pueden enviar
sus contribuciones de manera presencial en los espacios académicos que no se
encuentren en paro, a través de las y los consejeros universitarios, en la
Oficina de la Abogacía General o vía electrónica en el correo consultareforma@uaemex.mx.
La extensión de este
ejercicio de opinión para la reforma al Estatuto Universitario, contempla
someter a consulta la reforma o derogación del artículo 43, el cual establece
que “son causales graves de faltas a la responsabilidad universitaria:
suspender en forma violenta o pacífica, en todo o en parte, las actividades de
la Universidad, de un Organismo Académico, Centro Universitario, Dependencia
Académica, Plantel de la Escuela Preparatoria, dependencia de la Administración
Central o de cualquier otro espacio universitario”.
Asimismo, el artículo
104 Bis, el cual aborda la ponderación del voto para determinar a la o el
titular de la Rectoría. En este sentido, se pondrán a consideración de la
comunidad universitaria dos propuestas: un voto por el alumnado, un voto por el
personal académico y un voto por el personal administrativo; o bien, dos votos
del sector del alumnado, uno por el personal académico y uno por el personal
administrativo.
Finalmente, el Consejo
Universitario aprobó transmitir en vivo sesiones ordinarias y extraordinarias
de este órgano colegiado a través de una plataforma digital institucional, con
el fin de garantizar la transparencia de sus acciones.