Redacción
Toluca, Edomex. 10 de junio del 2021.- El Tribunal Electoral del Estado de México determinó que un periodista que labora para dos medios en la entidad, incurrió en violencia política de género en agravio de la candidata de la coalición Juntos Haremos Historia, integrada por Morena-PT y Nueva Alianza, a la presidencia municipal de Valle de Bravo, Michelle Núñez Ponce, hoy alcaldesa electa.
Los magistrados indicaron que el periodista Juan Gabriel González Cruz, del diario 8 Columnas y del medio digital QS Noticias “rebasó los límites de la libertad de expresión“ al proferir descalificaciones hacia la candidata por el hecho de ser mujer, en diversos materiales periodísticos.
La candidata presentó el recurso, luego de que en algunas columnas firmadas por González Cruz, se señala que obtuvo la candidatura gracias a la relación que tiene con el director de Aduanas, Horacio Duarte, lo cual, a su consideración, es un acto de violencia política en razón de género, pues lo que se busca es degradarla y cuestionar sus capacidades para alcanzar una nominación de este tipo.
“Del estudio integral al contenido de las notas denunciadas, resulta claro que con las expresiones ahí contenidas se pone en entredicho la capacidad de la quejosa para obtener, por sus capacidades profesionales, un lugar en la contienda electoral, pues con las manifestaciones se da a entender que la posible obtención de esta candidatura se debe a un vínculo personal entre la quejosa y un sujeto que se desarrolla en el ámbito político”, señala en su sentencia el magistrado, Jorge Muciño Escalona.
El magistrado añadió que dichas expresiones tienen por objeto exponer a la ciudadanía temas personales de Michel Núñez Ponce lo cual sobrepasa los límites a la libertad de expresión pues si bien los periodistas gozan del derecho a la libertad de expresión , “en este caso las publicaciones no cumplen con el estándar exigible para considerar que sus expresiones se encuentren al amparo y protección de la norma, ello pues con las mismas se rebasan los límites permitidos por la libertad de expresión al inmiscuirse en terreno de la información íntima de otras personas, pero sobre todo violatoria de los principios protectores de las mujeres y su derecho a una vida libre a una vida libre de violencia en materia política”.
El magistrado Victor Pasquel consideró que los materiales periodísticos están cargados de “estereotipos nocivos” pues presentan a la mujer en un rol inferior a la del hombre y ponen en entredicho las capacidades de la denunciante para obtener una candidatura por méritos propios.
En la sentencia, los magistrados determinaron que tanto el periodista, como los medios en los cuales laboran deben publicar una disculpa pública a la candidata Michell Núñez Ponce, hoy presidenta municipal electa de Valle de Bravo. Además se ordenó la inscripción del periodista en el Registro Nacional de personas Sancionadas en Materia de Violencia política contra las Mujeres en Razón de Género y se pide que acuda a cursos en la Secretaría de la Mujer.
Los magistrados también resolvieron otro recurso de violencia política en razón de género, en contra del vocal de organización de la junta distrital 38 del IEEM , con cabecera en Coacalco, en agravio de la vocal ejecutiva Janeth Guadalupe Cervantes Fragoso.
Los magistrados acreditaron las siguientes conductas: Intimidación corporal derivado de que el denunciado iba a golpear a la quejosa; agresiones verbales con estereotipos de género y conductas que han dañado su dignidad e integridad en el ejercicio del cargo.
Los magistrados ordenaron a Miguel Sánchez Sosa a emitir una disculpa pública a Janeth Guadalupe Cervantes Fragoso y se pidió al IEEM dar vista al Instituto Nacional Electoral, a través de la Comisión Permanente de Igualdad de Género y no Discriminación de ese Organismo, para que incluya a Miguel Sánchez Sosa, en el Registro Nacional de personas Sancionadas en Materia de Violencia política contra las Mujeres en Razón de Género por dos años.